Protección para las personas que se encuentran ubicadas en oficinas centros comerciales, colegios, industrias, hoteles, fábricas, entre otros.
Es la mejor opción para las empresas donde brindamos servicios de asistencia dentro de un horario específico, en predios debidamente definidos. En la zona protegida sus empleados tendrá la facilidad de ser atendidos en la comodidad de su empresa sin necesidad de desplazarse a un centro de salud.

El plan incluye las siguientes atenciones a domicilio
Es importante recordar que la LEY No. 1831 exige una obligatoriedad en el uso de desfribiladores externos (DEA), o un servicio de asistencia médica que lo incluya. Esta exigencia es para establecimientos con más de 100 personas o espacios con afluencia de público.